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Reglamento Interno

Art. 1.- Los servicios de hospedaje proporcionados por este establecimiento y las relaciones que se produzcan con respecto al mismo se regirán por la legislación mercantil, y supletoriamente por la civil aplicable, las normas oficiales mexicanas aplicables, la Ley Federal de Turismo y su Reglamento, las leyes y reglamentos aplicables emitidas por autoridades mexicanas en su respectivo ámbito de competencia, y demás usos y prácticas comunes que rijan la materia en estas instalaciones, disposiciones obligatorias, conocidas y aceptadas por las partes; quedando sometidas las partes a la jurisdicción de los tribunales mexicanos competentes.

 

Art. 2.- Toda persona que se hospede en este establecimiento está obligada a registrarse en la tarjeta o libros especiales que para tal efecto llevará a cabo el establecimiento o encargado de este. De igual forma, deberá exhibir identificación oficial con fotografía vigente, tanto propia como de las personas que estarán ocupando la habitación. Cuando los huéspedes sean parte de un grupo, su representante llenará la hoja de registro y entregará una lista de huéspedes que reúna los requisitos mencionados.

Tratándose de servicios de hospedaje para grupos contratados con anterioridad a la llegada, el representante del grupo deberá hacer llegar los formatos de registro con suficiente anticipación. El Hotel podrá negarse a prestar alojamiento caso de no cumplirse tales requisitos.

 

Art. 3.- El Check-in para las habitaciones es a partir de las 3 pm todos los días sin excepción alguna.

 

Art. 4.- El Huésped deberá desocupar la habitación a más tardar a las 12:00 horas pm del día de salida, contando el Huésped con 60 minutos de tolerancia. Huésped no desocupa la habitación antes de la hora señalada, dicha estancia se considerará como prórroga implícita y voluntaria del servicio de hospedaje, quedando obligado el Huésped al pago del hospedaje correspondiente a razón de un día, y así sucesivamente, al precio público señalado por el Hotel. En dicho supuesto, el Hotel podrá, previo aviso al Huésped, para poner fin al alojamiento en cualquier momento.

 

Art. 5.- EI servicio de hospedaje deberá pagarse según las condiciones especificadas en la solicitud de reserva cuando se el proceso de reservación. A su llegada el huésped deberá liquidar el total de su estancia y asume la obligación de pagar los servicios de hospedaje y los demás servicios o consumos efectuados por él y sus acompañantes durante su estancia, cuando sean requeridos por el Hotel, y a más tardar antes de su salida. Si el cliente no paga con puntualidad pierde el derecho del uso de la habitación. Así mismo la administración expedirá comprobantes de pago detallado de los servicios prestados y el importe cubierto por los mismos cuando el huésped lo solicite. Cabe mencionar que el hotel no asume responsabilidad por servicios externos contratados como taxis, tintorería, médicos, etc.

 

  • Dado el caso podrá ser requerido para garantizar el pago al hospedaje la firma de un pagaré (Boucher) o bien el hotel requerirá de alguna tarjeta de crédito como garantía.

 

Art. 6.- La falta de pago por parte del Huésped, será causa de rescisión del servicio de hospedaje, e inclusive de todos los servicios adicionales contratados aun devengándose, quedando obligado el Huésped y sus acompañantes a abandonar el hotel y en caso de ser necesario el equipaje y demás bienes de el Huésped así como de sus acompañantes introduzcan en el establecimos y se presuman de su propiedad (salvo se informe expresamente contrario) responderán de los adeudos generados y el Hotel podrá, si así lo decide, retenerlos en calidad de garantía y ejecutarlos en términos en los términos de lo previsto por el articulo 2669 del Código Civil Federal y sus correlativos en las entidades federativas.

 En dicho caso, y sin perjuicio del derecho del Hotel a ejercer otras facultades, y que se entiendan renunciadas sus acciones de cobro, Hotel podrá requerir el uso de la fuerza pública para exigir que se lleve a cabo la desocupación de la habitación. El Hotel hace sabedor al Huésped que la falta de pago de los adeudos del Huésped con el Hotel podrá constituir un delito.

 

Art. 7.- Cuando el Huésped se ausenta por más de veinticuatro horas sin previo aviso a la administración del Hotel este podrá rescindir el contrato de hospedaje sin responsabilidad alguna, si la garantía de pago otorgada por el huésped a su llegada no cubre el importe del adeudo con el Hotel en cuyo caso, el Hotel procederá a recoger y retenerlas pertenencias del Huésped y sus acompañantes como se especifica en el artículo anterior.

 

Art. 8.- En caso de que el Huésped se ausente por más de dos horas posteriores al término de su contrato y el hotel tenga una nueva reservación programada para la misma habitación este podrá retirar las pertenecías de dicho Huésped sin que haya una molestia de su parte pues el huésped es consciente de que el contrato ha concluido. 

 

Art. 9.- El Huésped no podrá hacerse acompañar o alojar en su habitación a personas diferentes a las registradas, y en todo caso darán previo aviso al Hotel en la variación o identidad de las personas que originalmente fueron registradas. Dichas disposiciones incluyen a los menores de edad. En ningún caso, el número de personas alojadas en cada habitación será mayor a la capacidad máxima asignada por el Hotel a la habitación correspondiente. El Hotel se reserva el derecho de no permitir el alojamiento o acceso a personas a las instalaciones del Hotel.

 

Art. 10.- Queda estrictamente prohibido a los Huéspedes y sus acompañantes:

  • La comisión de delitos o ilícitos de carácter penal sin importar su tipo; aun y cuando no se hubiese determinado la responsabilidad penal, la introducción de bienes relacionados con delitos o ilícitos penal sin importar su tipo, y no se hubiese responsabilidad penal, que sean responsables de actos presuntamente delictivos, o víctimas de delitos

  • La introducción, uso, consumo, suministro, distribución o de drogas, narcóticos, estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias similares aun y cuando las mismas sean para consumo personal e inmediato en términos de las legislaciones aplicables.

  • La introducción de bebidas alcohólicas, el suministro o permitir suministro de bebidas alcohólicas a menores de edad, sin importar procedencia.

  • Realizar actos que perturben o incomoden al resto de los huéspedes y colaboradores del Hotel, alterar el orden público, generar ruidos molestos o estridentes, desobedecer instrucciones de seguridad Hotel este reglamento, o las leyes y reglamentos vigentes.

  • Introducir alimentos y bebidas adquiridas fuera del Hotel, o habiéndolas adquirido en el Hotel, desplazarlas dentro de las instalaciones a sitios donde no se permite su introducción.

  • Introducir animales al Hotel.

  •  Introducir sustancias inflamables a Hotel.

  • Utilizar aparatos eléctricos que puedan causar un incendio o alteración del flujo ordinario de la tensión eléctrica del hotel, tales como planchas, rizadoras secadoras, entre otros.

  • Utilizar el equipamiento de las habitaciones y del Hotel para fines distintos a los propios de acuerdo con su naturaleza y uso adecuado y moderado.

  • Utilizar los sistemas eléctricos, los aparatos hidráulicos, mecánicos y electrónicos del Hotel para fines no propios de acuerdo con su naturaleza, propósito y medidas de seguridad.

  • Deteriorar o destruir las instalaciones, mobiliario y equipamiento del Hotel.

  • Ejecutar cualquier acto que ocasione danos daños morales y perjuicios a los demás huéspedes, al Hotel, a sus colaboradoras, y en general actos contrarios al decoro o a la convivencia social.

  • Sin perjuicio del ejercicio de otras acciones, el Hotel se reserva el derecho de dar por terminado inmediatamente el servicio de hospedaje cuando se infrinjan cualquiera de las prohibiciones señaladas, sin que el huésped quede exceptuado del pago completo por los servicios de hospedaje contratados inicialmente o tenga derecho al reembolso de la parte proporcional, o reducción alguna en el precio quedando además obligado al pago de los daños morales y perjuicios que cause su proceder.

Art. 11.-El Huésped y sus acompañantes están obligados a seguir las reglas de uso de las instalaciones y espacios del Hotel a seguir las indicaciones de seguridad y prevención que personal del hotel les hagan saber ya sea en situaciones habituales o catastróficas.

 

Art. 12.-El huésped y sus acompañantes están obligados a informar al Hotel el padecimiento de enfermedades contagiosas, accidentes, fallecimientos; infracciones o delitos que acontezcan en el Hotel y sean de su conocimiento a fin de que el hotel pueda tomar las medidas oportunas.

 

Art.13.- El Hotel no se hace responsable por los daños y perjuicios, incluso daño moral, derivados de servicios o actos contratados con terceros, o acontecidos fuera y dentro de las instalaciones del Hotel, accidentes derivados de actividades o deportes extremos, tales como paracaidismo, rappel, ciclismo de montaña, parapente, motociclismo, buceo, jet ski, windsurf, banana, moto entre otros. sin que se limite a dichas actividades que pudiera sufrir el Huésped o sus acompañantes durante su estancia. Adicionalmente, se hace del conocimiento del Huésped que existen ciertas áreas del Hotel y de las habitaciones en las cuales el suelo puede estar resbaloso o en desnivel, por lo que solicita al Huésped y sus acompañantes a tomar las precauciones correspondientes; utilizar todo momento calzado, evitar transitar con ropa húmeda, no correr o empujar a otros, utilizar los tapetes de habitaciones y baños, impedir inundaciones en los baños y habitaciones, remover la cubierta de las coladeras para que el agua fluya.

 

Art.14.-Las personas que ostenten la representación del Hotel, o el personal destinado para la prestación de los servicios del Hotel, atención a huéspedes o cuidado de las instalaciones, tendrán libre acceso a las habitaciones de los Huéspedes.

 

Art.15.- El Hotel podrá dar por terminado el servicio de hospedaje u otros servicios adicionales contratados, por cualquier incumplimiento a lo establecido en el presente Reglamento u otras disposiciones aplicables, sin que el Huésped quede exceptuado del pago completo por los servicios de hospedaje contratados inicialmente, tenga derecho al reembolso de la parte proporcional o reducción alguna en el precio: quedando además obligado a pago o indemnización de los daños, daños morales y perjuicios que cause su proceder.

 

Art.-16.- Constituye la Reservación un convenio preparatorio de hospedaje que se perfecciona cuando el Hotel envía por escrito la solicitud del Huésped, y este ratifica su petición cumpliendo las condiciones que le fueron fijadas, salvo pacto en contrario, como requisitos necesarios para el perfeccionamiento de la reservación, el depósito por adelantado del importe de precio del alojamiento con la anticipación y en las condiciones que establezca el Hotel. En caso de que el depósito se efectué por un medio de pago no inmediato, dicho se recibirá salvo buen cobro.

 

Art.-17.- Las habitaciones quedarán reservadas a favor del Huésped que solicitó la reservación (sin pago anticipado) hasta las 18:00 horas pm de primer día de la estancia, después el Hotel podrá reasignarlas a otros huéspedes, salvo que dicha habitación haya sido debidamente garantizada por el Huésped mediante la forma para tal efecto establecida por el Hotel. Tratándose de reservaciones bajo el esquema de Grupos (entendiéndose como las reservaciones de 3 o más habitaciones) que se regirán bajo las condiciones que pacten las partes al efecto.

 

Art.-18.- El Huésped que cancele su reservación, tiene derecho a que le sea devuelto el importe del depósito que hubiere hecho, siempre que la notificación de cancelación llegue al conocimiento del Hotel dentro del plazo señalado para tal efecto dentro de las políticas de cancelación implícitas al momento de realizar la reservación solicitante.

En caso de que el huésped no hiciera llegar la notificación de cancelación de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior perderá el derecho de reembolso correspondiente del depósito o pago realizado, salvo que el Hotel disponga excepcionalmente otra cosa.

Art.19.- EI hotel no se hace responsable por las pérdidas que el huésped pudiera sufrir en dinero y valores olvidados en áreas en común. Los objetos o valores olvidados por algún huésped en la habitación quedarán en custodia de la administración del hotel por un término de 30 días, concluido este periodo y al no haber reclamación alguna, serán desechados.

 

Art. 20.- El hotel no se hace responsable por daños o robos que pueda sufrir el medio de transporte del Cliente en el establecimiento.

 

Art. 21.- El horario para uso de la alberca del hotel es de 8:00 am a las 21:00 hora este horario únicamente se extiende una hora en temporadas alta o en caso de que la administración lo dicte así.

  • Dado que la alberca requiere ser tratada con químicos para su limpieza si algún cliente decide ingresar a la alberca después de los horarios establecidos es bajo su propia responsabilidad y el Hotel no se hará responsable de los incidentes que pueda sufrir

  • Los usuarios de la alberca deben respetar el reglamento propio de la misma sin excepción alguna.

Art. 22.- No se permite a los clientes tener ningún tipo de animales en la habitación, salvo aquellos que auxilien a discapacitados.

 

Art. 23.- EI uso que deberá hacerse de los muebles, ropa y otros objetos de servicio, será racional y moderado, cuidando de ellos debidamente. En el supuesto de que el huésped dañe dichos objetos, intencional o accidentalmente, deberá reportarlo a la administración y de ser necesario pagar el costo de este. En caso de sustraerlos del hotel, se realizará el cargo correspondiente al bien en comento y cuyo precio será el establecido por el mercado al momento del incidente.

 

Art. 23.- Al salir de su habitación, todo huésped tiene la obligación de dejar cerradas las puertas, ventanas, llaves de agua, apagar las luces, así como devolver las llaves de su habitación a la administración.

 

Art. 24.- Todo cliente está obligado a respetar las normas y restricciones que señalen las distintas áreas que conforman a Hotel Los Ángeles, de lo contrario se podrán tomar las medidas que sean correspondientes.

 

Art. 25.- El hotel ofrecerá el servicio de resguardo de equipaje hasta por un máximo de 12 horas previa solicitud del huésped.

 

Art. 26.- Los huéspedes deben comportarse con decencia y moralidad dentro del establecimiento, quedando prohibido alterar el orden haciendo ruidos que incomoden o molesten a los demás huéspedes, así como usar la habitación para ejecutar cualquier acto o juego prohibido por la ley.

 

Art. 27.- Toda queja, sugerencia o felicitación deberá anotarse en los formatos de quejas y sugerencias que la administración del hotel tiene a disposición de los usuarios en la recepción, de acuerdo con los lineamientos fijados por la Secretaría de Turismo.

 

Art. 28.- En la prestación de los servicios por parte de este hotel no habrá discriminación alguna por razones de sexo, credo político, religión, nacionalidad o condición social.

Art. 29.- El establecimiento podrá negar sus servicios cuando el huésped se presente en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o estupefacientes o bien cuando se pretenda dar uso distinto al del servicio de hospedaje.

Art. 30.- EI incumplimiento de este Reglamento Interno de Hospedaje por parte del huésped será causal de rescisión del contrato de hospedaje, sin responsabilidad jurídica para la empresa.

Art.- 31 Reiteramos que el presente Reglamento se ha elaborado conforme con lo dispuesto por las Normas oficiales mexicanas aplicables, por la Ley Federal de Turismo en vigor y lo previsto en Reglamento, siendo cumplimiento obligatorio, tanto el Hotel como para los Huéspedes.

Mar en calma
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